UNIDAD DE INVESTIGACIÓN DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL



Cada Facultad cuenta con una Unidad de Investigación encargada de integrar las actividades de investigación de la Facultad. Está dirigido por un docente con grado de Doctor en la especialidad.

La Unidad de Investigación está conformada por los Centros de Investigación de las Escuelas Profesionales.

Cada Unidad de Investigación tiene un Comité Directivo conformado por los Directores de los Centros de Investigación de la Facultad. En el caso de que una Unidad de Investigación cuente con menos de tres centros de investigación, el Consejo Directivo lo integran los Responsables de los Proyectos de Investigación en ejecución existentes.

El Director de la Unidad de Investigación, tiene un mandato de dos años, es elegido entre los integrantes que cumplen los requisitos de la Ley N° 30220 Ley Universitaria.

Las funciones del Director son:

a. Representar a la Unidad de Investigación ante las instancias universitarias y extrauniversitarias.
b. Dirigir todas las funciones encomendadas a la Unidad de Investigación.
c. Elaborar los informes intermedios y finales de lo actuado en su Unidad de Investigación y remitir a las instancias universitarias correspondientes.
d. Otros que le asigne la autoridad.

Las funciones de la Unidad de Investigación son:

  • Formular participativamente las políticas, planes y programas cada dos años.
  • Preparar participativamente el presupuesto anual, integrando los presupuestos de sus Centros de Investigación y remitir oportunamente a las instancias universitarias correspondientes.
  • Planificar y poner en ejecución las acciones de extensión universitaria en investigación.
  • Evaluar cada dos años los planes, programas e informes de los Centros de Investigación.
  • Evaluar y emitir opinión acerca de las propuestas para la formación de nuevos Centros de Investigación de docentes y alumnos.
  • Celebrar convenios específicos y cartas de entendimiento con instituciones nacionales y extranjeras en el contexto de los convenios marco, suscritos por la autoridad universitaria correspondiente.
  • Llevar obligatoriamente un registro de las investigaciones ejecutadas y en ejecución en físico y deberá ser publicado en forma virtual.
  • Llevar un registro de investigadores de docentes y estudiantes en físico y deberá ser publicado en forma virtual.
  • Remitir a las instancias universitarias pertinentes los informes, propuestas de publicaciones científicas, patentes y toda posible aplicación de resultados de investigación.
  • Impulsar obligatoriamente y tomar las medidas necesarias para la publicación de una revista científica indizada de alto impacto en físico y virtual.
  • Organizar y apoyar certámenes científicos: capacitaciones, pasantías, ferias, entre otros, de su Unidad de Investigación o en coordinación con sus pares o con instancias superiores.
  • Dirimir en asuntos relacionados a la ética en la investigación.
  • Supervisar y proponer acciones de evaluación y control de los Centros de Investigación.
  • Emitir opinión sobre los reglamentos internos de los Centros de Investigación y elevarlos a las instancias universitarias correspondientes.
  • Evaluar y aprobar el proyecto de investigación e informe final presentado por los docentes que solicitan año sabático para proseguir con su respectivo trámite.
  • Otras que le asignen las instancias universitarias superiores.

DR. DANTE ROJAS HUARCAYA

Director

Email: dante.rojas@unsaac.edu.pe

Telefono: +51 973123267

Hoja de Vida

   

Av. de la Cultura #733 Pabellón A, Segundo Piso

Telefono:

+51 084 604100 Anexo(1542)

Correo electrónico:

ejemplo@unsaac.edu.pe

Horario de Atención:

8:00 am - 2:45 pm