Quienes somos

Vicerrectorado de Investigación - UNSAAC

Funciones


  1. Planificar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar la política general de investigación en la UNSAAC.
  2. Supervisar las actividades de investigación con la finalidad de garantizar la calidad de las mismas y su concordancia con la misión y metas establecidas y otros instrumentos de gestión y normas internas.
  3. Organizar la difusión de los resultados de las investigaciones a través de redes científicas nacionales e internacionales.
  4. Organizar y promover la difusión del conocimiento en publicaciones físicas y virtuales
  5. Promover la aplicación de los resultados de las investigaciones.
  6. Promover y exigir la transferencia tecnológica y el uso de las fuentes de investigación integrando a la universidad, la empresa y las entidades del Estado.
  7. Gestionar el financiamiento y cofinanciamiento de la investigación ante las entidades y organismos públicos o privados tanto nacionales como extranjeros.
  8. Promover la generación de recursos para la UNSAAC a través de la producción de bienes y prestación de servicios derivados de las actividades de investigación y desarrollo, así como mediante la obtención de regalías por patentes u otros derechos de propiedad intelectual.
  9. Dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento de las unidades y centros de investigación.
  10. Impulsar la creación de Institutos de Investigación y supervisar su funcionamiento.
  11. Promover, orientar, coordinar y llevar el registro de derechos de autor y patentes obtenidas por la UNSAAC.
  12.  Evaluar la producción científica de los docentes para su permanencia en la categoría de investigador.
  13. Presentar al Consejo Universitario los instrumentos de planeamiento y gestión en materia de investigación para su aprobación.
  14. Normar y reglamentar el trabajo durante el proceso de investigación en todos los niveles.
  15. Promover y garantizar el financiamiento de trabajos de investigación.
  16. Autorizar la ejecución presupuestal de los proyectos y actividades de investigación.
  17. Emitir autorización de licencias relacionadas a la investigación a docentes y estudiantes.
  18. Las demás atribuciones que le encarguen los órganos competentes jerárquicamente.